Los Sindicatos consideran que violan el derecho a la libertad sindical, debilitan a los sindicatos y amenazan su supervivencia.
Como se sabe, en Colombia los pactos colectivos
son aceptados como formas de negociación, y legalmente pueden coexistir con
convenciones colectivas, pese a que la OIT ha señalado que cuando exista
sindicato los pactos colectivos no deben existir, y por lo mismo ha hecho
recomendaciones a Colombia, país donde, según el Min-Trabajo, entre 2011 y 2012
el uso de pactos colectivos creció 23%, mientras que las convenciones
colectivas solo crecieron 1%. Es más, ni el mismo gobierno se salva. Uno de
esos pactos es el de Colpensiones, entidad adscrita al mismísimo Ministerio de
Trabajo.
Básicamente las empresas montan pacto colectivo
por uno o varios de estos propósitos: otorgar mejores beneficios a los
afiliados al pacto que a los beneficiarios de la convención colectiva; otorgar
los mismos beneficios de la convención, con la exigencia de que el trabajador
no pertenezca o renuncie al sindicato; extender la aplicación de pactos
colectivos en fusiones o compras empresariales; establecer los pactos
colectivos como el límite o techo de la negociación colectiva con los
sindicatos; extender lo que más se pueda la vigencia del Pacto a fin de
obstaculizar al sindicato; y otorgar beneficios a los no sindicalizados para
desestimular la afiliación a los sindicatos, o truncar procesos de negociación.
Los afines a los sindicatos, piensan que los
pactos colectivos son jugadas sucias de las empresas, y los empresario creen
que es una forma de beneficiar al trabajador de forma voluntaria, quien tiene
la razón?
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