PACTOS COLECTIVOS

Generalidades del Pacto Colectivo

Por medio de este mapa conceptual se podra evidenciar las generalidades del pacto colectivo, sus caracteristicas y propósitos, entre otros...

martes, 19 de abril de 2016

Cuáles son los Beneficios que en un Pacto Colectivo se pueden llegar a negociar para los trabajadores suscritos?




En realidad son muchas las alternativas de Beneficios que se pueden adquirir por medio de los Pactos Colectivos, de una forma pacífica y enmarcada en un Gana-Gana con la organización. Los Pactos Colectivos son una manera de medir la intensión y la Política de Bienestar laboral que mancomunadamente desean las partes interesadas (Directivos y Trabajadores)
A continuación, un listado de Beneficios que se han logrado negociar en los Pactos Colectivos: 
SALARIOS

·         AUMENTO SALARIAL

·         SALARIO MÍNIMO CONVENCIONAL

·         LINEAS O CATEGORIAS SALARIALES

·         SALARIO EN CASO DE INCAPACIDAD

·         VIÁTICOS A CONDUCTORES Y AYUDANTES

·         NATURALEZA JURIDICA DE LOS PAGOS

El Aguinaldo, la Prima de Vacaciones, el Auxilio Legal de Transporte y los Viáticos permanentes, constituyen salario.
PRIMAS, VACACIONES Y CESANTIAS

·         LIQUIDACION DE PRESTACIONES

·         INTERESES SOBRE CESANTÍAS


·         PRIMA DE VACACIONES

El trabajador que hiciere uso del descanso vacacional, la Compañía le reconocerá una prima igual a dieciséis (16) días de salario básico ó promedio si es vendedor al momento de hacer uso de éstas.
·         DEDUCCIONES DURANTE EL PERÍODO DE VACACIONES:
Cuando un trabajador se encuentre disfrutando su periodo de vacaciones no se descontarán de su pago las cuotas de préstamos otorgados directamente por la compañía que corresponden a dicho periodo.

·         MATRIMONIO

La Compañía otorgará al trabajador a su servicio que contraiga matrimonio legal durante la vigencia del Pacto Colectivo de Trabajo, una prima equivalente a ocho (8) días de su salario básico o promedio si es vendedor.

·         MATERNIDAD

Cuando en el hogar de un trabajador de la Compañía nazca un hijo legítimo o legalmente reconocido se pagará al trabajador un auxilio de cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos sesenta pesos ($456.760).

·         ANTIGÜEDAD

Los trabajadores que cumplan cinco (5), diez (10), quince (15), veinte (20), veinticinco (25), treinta (30), treinta y cinco (35), cuarenta (40) y cuarenta y cinco (45) años de servicios continuos o discontinuos, recibirán primas por una sola vez

·         AGUINALDO

La Compañía pagará un aguinaldo equivalente a treinta y cinco (35) días solares de salario promedio a aquellos trabajadores que estén prestando sus servicios a la Compañía en el mes de diciembre y hubieren trabajado durante todo el año.
SERVICIOS

·         RESTAURANTE

·         USO DEL TELEFONO

La Compañía mantendrá el servicio de mensajes a fin de recibir o pasar avisos telefónicos para sus trabajadores. En casos graves o estrictamente personales, el administrador o jefe inmediato podrá autorizar el uso del teléfono directamente por los trabajadores.

·         SERVICIO DE TRANSPORTE

AUXILIOS

·         SALUD AUXILIOS PARA SALUD

a) Asistencia Médica y Drogas: La Compañía reconocerá al trabajador, hasta un máximo de cuarenta y un mil setecientos pesos ($41.700) mensuales, por la compra de medicamentos debidamente formulados para los familiares que más adelante se indican y, hasta el mismo máximo de cuarenta y un mil setecientos pesos ($41.700) mensuales, por el pago de consultas médicas de los mismos familiares.

·         FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR

En caso de fallecimiento de un trabajador, La Compañía pagará a los familiares del fallecido, previamente inscritos en las oficinas de Gestión Humana de La Compañía, quinientos noventa y tres mil novecientos cuarenta pesos ($593.940) sin perjuicio de lo consagrado en la ley.

·         FALLECIMIENTO DE FAMILIARES DEL TRABAJADOR

·         VESTIDOS Y ZAPATOS DE TRABAJO

·         EDUCACION:

·         COMITÉ DE MEDICINA, HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

La Compañía destinará para el Comité Paritario de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, para campañas preventivas, la suma de nueve millones quinientos noventa y un mil doscientos pesos ($9.591.200) para la vigencia del Pacto Colectivo de Trabajo .

·         AUXILIO EXTRALEGAL DE TRANSPORTE

FONDOS

·         FONDO PARA PRÉSTAMO POR CALAMIDAD DOMÉSTICA

·         FONDO DE VIVIENDA

·         FONDO DE PRESTAMOS PARA SALUD

·         FONDO PARA DEPORTES, RECREACIÓN, CAPACITACIÓN Y FOMENTO DE LA CULTURA.

PERMISOS REMUNERADOS

SON PERMISOS REMUNERADOS LOS SIGUIENTES

1. Consultas a E.P.S.:
2. Fallecimiento:
3. Grave enfermedad:
4. Maternidad, Aborto o Adopción:
5. Navidad:
La Compañía otorgará descanso remunerado el día veinticuatro (24) de diciembre de cada año a los trabajadores que estuvieren prestando sus servicios en esa época, salvo el caso en que caiga domingo, lo cual dará lugar a un sólo descanso remunerado.
6. Hospitalización prolongada:
7. Cirugía Ambulatoria:
8. Matrimonio:
9. Permisos para asistencia a la junta regional y a la junta nacional de calificación de invalidez

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Pactos Colectivos

Los pactos colectivos son una figura contemplada en las normas laborales colombianas y sobreviven simultáneamente, en muchas empresas, con las convenciones colectivas.

Los pactos colectivos son acuerdos negociados entre las empresas y los trabajadores no afiliados a los sindicatos, por lo que sus efectos solo cobijan a quienes lo suscriban o se adhieran a él; la Organización Internacional del Trabajo –OIT– le ha recomendado al Gobierno que prohíba la celebración de dichos pactos para las empresas en las que exista sindicato.

Los pactos colectivos surgen como la solución a una situación que genera conflictos entre el empleador y trabajadores, debido a situaciones específicas de condiciones laborales que buscan ser modificadas, a modo tal que generen beneficios para ambas partes, y que dichos acuerdos sean concretos, a fin de extenderlos a todos los empleados cobijados por la misma situación.

Debido a que los pactos colectivos se generan entre empleador y trabajadores no sindicalizados, la Escuela Nacional Sindical –ENS– ha señalado que uno de los objetivos implícitos de los pactos colectivos es debilitar las organizaciones sindicales.

Dentro de los objetivos explícitos de los pactos colectivos se encuentran:

Regular las condiciones de trabajo.
Establecer responsabilidades y beneficios de empleadores y trabajadores por un período, de uno a tres años, renovable o no.
Los pactos colectivos se presentan tanto en el sector privado como en el público. En el primer caso están en juego los recursos del dueño y la negociación es ganar-ganar; y en el segundo, la ausencia de un “dueño” o patrono presenta grandes retos; las negociaciones se realizan entre un representante del Gobierno y representantes de los trabajadores de las entidades en negociación.


Tomado de http://actualicese.com/2015/06/08/pactos-colectivos/